domingo, 27 de marzo de 2011

INTERPRETACIÓN JURÍDICA

Métodos de interpretación jurídica.

INTERPRETACIÓN.-  Interpretar significa desentrañar el contenido o sentido de algo,  generalmente se realiza a partir de un objeto o cosa  que previamente se conoce,  y es mediante esta actividad que se va a dar un sentido objetivo a algo.

Cada persona puede interpretar las cosas de acuerdo a sus creencias, sus conocimientos previos, o incluso a partir de sus intereses. Por lo tanto,  no en todos los casos  surge la interpretación objetiva, en muchas ocasiones la subjetividad de la persona se encuentra presente al interpretar un objeto, pues lo entiende o explica a partir de su propio punto de vista.

En algunas cuestiones no es importante que se lleve a cabo un método propio para interpretar una cosa, sin embargo dentro del Derecho  se han creado diversos métodos que permiten interpretar la norma jurídica, dentro de ellos encontramos

Interpretación sistemática.- en el que se interpreta un enunciado normativo como un todo y no en forma aislada.

Interpretación armónica.- Se da debido a una correlación entre la norma y otros ordenamientos legales, en la que se  toma en cuenta todo el orden jurídico.

En la interpretación teleológica se busca desentrañar el verdadero espíritu o fin de la ley.

La interpretación funcional es ajustable a lo que resulte mas conveniente a nuestros intereses del caso en concreto, o lo que mejor se adecua a una situación determinada.

Sin embargo, no debemos perder de vista que la interpretación debe auxiliarnos al momento de aplicar la ley para resolver un caso concreto, y en este sentido encontramos dos  posiciones a las que debe enfrentarse el Juez, en una posición descriptiva o prescriptiva, la primera cuando existe dentro de la ley un procedimiento establecido para la resolución de un caso, y la segunda cuando se explican las razones por la cuales el Juez ha decidido resolver de tal o cual manera una situación determinada.

Las formas de interpretación expuestas arriba, son las más apropiadas dentro del ámbito jurídico; pero los jueces en la práctica, se enfrentan con casos que se clasifican como fáciles, difíciles y trágicos, su principal diferencia consiste  en que los casos fáciles consisten en la aplicación pura del derecho, en los casos difíciles se requiere de la interpretación ya que  ya la hipótesis del caso no se encuentra contemplada como tal en la ley, pero puede desprenderse de alguna disposición existente y válida en todo el ordenamiento jurídico, mientras que en los casos trágicos,  se debe realizar una ponderación de los bienes jurídicos tutelados, ya que no existe como tal una disposición que explique cual debe prevalecer sobre otro. La interpretación es una labor fundamental y de gran importancia, ya que la realizamos diariamente, y debemos saber elegir la forma correcta de interpretar, sin distorsionar el sentido y razón fundamental de la ley.

martes, 22 de marzo de 2011

ARGUMENTACIÓN, RETÓRICA E INTERPRETACIÓN JURÍDICA


Argumentación, retórica e interpretación jurídica.

La argumentación es fundamental, dentro de nuestra actividad como jurista es utilizada principalmente para llegar a un razonamiento correcto, bien fundado y motivado a través del análisis de diversas premisas para llegar a una conclusión, la cual debe ser correcta  es decir basada en  un razonamiento lógico.

En tanto la argumentación es una actividad lingüística que se origina del pensamiento, tiene estrecha relación con la retórica, ya que ésta última se concentra en la forma del discurso, en que éste sea bello  y agradable; mientras que la argumentación se centra en el fondo del argumento, en transmitir razones o proposiciones lógicas.


La retórica tiene entre sus etapas:

La etapa argumentativa o de invención, en la que a través del pensamiento se buscan argumentos pertinentes para el examen de una causa. Los manuales de retórica proponían técnicas que permiten inventar tales argumentos.

La etapa textual o de disposición, mediante la cual los argumentos que se han encontrado se ordenan,  en la que se analiza un argumento débil y hasta el final se analiza el argumento contundente, en el que se pueda convencer a la mayoría de las personas.

En la etapa lingüística  es en el que el argumento que se ha venido pensando puede construirse o elaborarse mediante palabras y frases que sean más entendibles al destinatario.

La memorización, que era utilizada principalmente porque los discursos que tenían como fin persuadir a los destinatarios se debían  realizar en público sin fallas o reticencias, lo que constituye la parte más importante de la retórica.

Finalmente la acción, en la que el orador tiene que expresar su discurso con movimientos y gesticulaciones  cuando sea necesario para que su argumento sea más creíble, tal como lo hace un actor al interpretar su obra.

“La argumentación tiene una cara cognitiva: argumentar es ejercer un pensamiento justo. Para llevar a cabo un recorrido  analítico y sintético se estructura un material; después, se examina  un problema, se reflexiona, se explica, se demuestra, a través de argumentos, razones, de pruebas. Se proporcionan causas. La conclusión de la argumentación es un descubrimiento, produce una innovación o, al menos, conocimiento.” “Quien argumenta despliega la intuición. Articula una lógica en un discurso, en una lengua que se domina en la que se expresa un pensamiento correcto, pero igualmente seductor, que puede ser serio o irónico, sin dejar de ser coherente”.[1]


Mediante el uso de la argumentación, se ha llegado a la creación y  evolución del derecho, pues a través de la actividad argumentativa se llegan a crear construcciones o teorías que se han ido sustentando o perfeccionando a través del tiempo, pues se afirma la veracidad de las hipótesis que componen dichas teoría, o se corrigen y se emplean nuevos argumentos más veraces.

En el uso de la argumentación, podemos encontrarnos con algunas falacias, que se constituyen por apreciaciones, declaraciones o deducciones falsas o erróneas, que generalmente son defendidas por un sofisma, que igualmente constituye la construcción de un argumento que se basa en premisas erróneas.

Es común que en nuestras actividades prácticas, nos encontremos con la utilización de diversas premisas falsas que los abogados de la contraparte utilizan para hacernos caer en el error, pues en su afán por ganar el caso, hacen una falsa interpretación de los preceptos legales para utilizarlos a su conveniencia. Por ello debemos distinguir la delgada línea que existe entre  la interpretación y la construcción del argumento.


[1] PLANTIN, Christian, La argumentación, editorial Ariel Practicum, España 2005, p. 25

domingo, 6 de marzo de 2011

CONCEPTO, JUICIO Y RAZONAMIENTO



El conocimiento, es el acercamiento  de una cosa u objeto que se obtiene primeramente a través de los sentidos, pero también a través de una serie de representaciones mentales que nos hacemos  de eses objeto, las cuales son diferentes para cada objeto que conocemos.

Ahora bien, existen tres diferentes formas de pensamiento, las cuales las constituyen los conceptos, proposiciones y razonamientos.

Los pensamientos, son precisamente esas representaciones internas  a las que llegamos a través de un trabajo de reflexión, con las que asociamos el nuevo objeto de conocimiento con la información que ya hemos adquirido anteriormente.

El concepto es la representación mental  de las notas, es decir (las características o cualidades especiales  de algo), que lo hacen diferente de otra serie de objetos. Para poder llegar a este proceso de  reflexión, debemos  realizar ciertas actividades indispensables en la psique, como la observación atenta del objeto que pretendemos conocer.  La abstracción es también una cuestión que debemos practicar, para lograr desprender las características únicas de la cosa, aislándola de todas las demás cosas. 

Asimismo se debe reflexionar, es decir discernir y cuestionarnos si en verdad entendimos las representaciones que en un principio nos hicimos respecto  del objeto, para que una vez realizados los dos pasos anteriores estemos seguros o más próximos al conocimiento real del objeto.

Existen diversas formas de clasificar a los conceptos, que nos ayudan para ubicar al objeto de conocimiento dentro de otros que pueden ser similares, se clasifican en subordinados y coordinados; serán subordinados cuando un concepto contenga al otro, por ejemplo en el concepto águila se ubica dentro del concepto subordinante de ave. 

También se clasifican en individuales, genéricos y específicos, son individuales cuando su extensión es una clase unimembre, pues ese concepto solo identifica a una sola cosa o individuo que no pertenece a un conjunto como tal; será  genérico cuando existan dos conceptos que pertenecen a una misma serie, en el que el primero tendrá mayor extensión, (es decir la clase de los elementos o individuos que comprende el propio concepto)   y el último será una especie de aquel.

Dentro de estas clasificaciones, existe una que se refiere a conceptos contrarios y contradictorios, la cual es una herramienta útil para el estudio de las ciencias sociales, en  nuestro caso, como juristas nos encontramos con conceptos contrarios y contradictorios.

Los conceptos contrarios son aquellos que se refieren a una misma situación o cosa pero desde perspectivas diferentes, por lo que en este tipo de conceptos existirá una tercera posibilidad que resultará de la interpretación o combinación de las  dos anteriores. Cuando debe aprobarse una ley por ejemplo, se discuten las ventajas y desventajas, entre los que están de acuerdo con su aprobación y los que no lo están, y cada una de las partes tendrá sus propios argumentos con los cuales  defender su postura, hasta que finalmente con el uso del raciocinio se llegará a una conclusión de la interpretación de los conceptos.


Los conceptos contradictorios son aquellos que se refieren a situaciones opuestas y entre ellos no se puede generar  una tercera posibilidad, por ejemplo  cuando expresamos el concepto ser o no ser, pues entre estos dos conceptos no cabe una interpretación o un término medio.  En la práctica jurídica, muchas veces nos enfrentaremos a este tipo de situaciones, en las que tenemos que interpretar y desentrañar los conceptos de cada una de  las normas o hechos que en cada caso se nos presenten, para procurar la mejor solución al conflicto que pudieran generar los conceptos  diversos.

El pensamiento, al ser una función mental compleja,  es representado por  conceptos, proposiciones o razonamientos.

El término lo constituye la expresión del concepto, se entiende como la forma oral, o escrita, o  mediante signos o símbolos con los que identificamos un objeto.  Su función específica es la comprensión del objeto expresado.

Ahora bien, una proposición la podemos definir como: algo de lo que podemos afirmar que es verdadero o falso, como una afirmación, y como resultado de una oración aseverativa o declarativa, que señala las características de algo.   Mientras que el juicio lo constituye la operación del entendimiento según la cual se compone y divide un concepto afirmando y negando.

Siempre debemos expresar la proposición  a través de algo sensible a lo que llamamos enunciado, siendo el enunciado la expresión lingüística de una proposición.

Es importante el  uso correcto del lenguaje, ya que es mediante oraciones gramaticales, como comenzamos a construir o relacionar conceptos, y si no usamos correctamente las palabras, corremos el riesgo nosotros mismos de no poder construir adecuadamente una nueva proposición. Este lenguaje también va a depender de la materia en que nos estemos enfocando.
El razonamiento  se realiza a través de la valoración de diversas proposiciones, es válido cuando la forma en que relacionamos conceptos es válida, formando premisas y conclusiones verdaderas.

Las conclusiones se forman por proposiciones que integran un razonamiento, que a su vez van generando premisas o ideas más específicas  que sirven de apoyo a la conclusión.

De esta forma es como sucede el proceso de pensamiento, el cual es importante tenerlo en cuenta y analizarlo para estructurar correctamente nuestras ideas, expresar nuestros pensamientos y generar nuevos conocimientos.